Spam
“El Padrino” del spam deberá pasar 4 años tras las rejas
Nov 25th
Este hombre, que tiene nada menos que 64 años, era la cabeza de una organización spammers y no sólo enviaba publicidades de pastillas y los clásicos correos sino que además estafaba a las personas.
Una de las técnicas que utilizaban era enviar un correo, mentiroso obviamente, donde se informaba que se estaba vendiendo una empresa. Muchas personas pensaban que esto era cierto y compraban acciones.
Pero esto no era todo. El Padrino también se encargaba, desde enero del 2004 hasta septiembre del 2005, de enviar mails para poder modificar las acciones de diferentes empresas de la bolsa, haciéndolas crecer o decrecer según su conveniencia.
Rey del Spam deberá pagar USD$711 millones a Facebook
Oct 31st
La red social acusa a un pirata informático de enviar mensajes masivos indeseados a los usuarios con el fin de obtener sus datos de acceso al portal o redirigirlos a páginas web que le pagaban por cada visita.
Sanford Wallace, conocido como el “rey del spam”, fue condenado hoy por un tribunal californiano a pagar 711 millones de dólares a Facebook en un caso de utilización ilegal con ánimo de lucro de las cuentas de usuarios de esa red social, informó la prensa local.
El juez Jeremy Fogel de la Corte Federal del distrito en San José, San Francisco, consideró que Wallace había violado la ley con “flagrante desprecio de los derechos de los clientes de Facebook cuyas cuentas se vieron comprometidas por su conducta”, explicó el magistrado.
Primera sanción por enviar SPAM en el Perú
Sep 11th
La Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI declaró consentida la primera resolución que sanciona a una empresa por haber enviado publicidad comercial no solicitada (SPAM) a un usuario peruano, sentándose el primer precedente administrativo sobre la materia en nuestro país.
El presente caso tienen como origen la denuncia presentada por un usuario peruano en el año 2007, en contra de Escuela de Empresa SAC, empresa que había enviado durante varios meses correos electrónicos no solicitados (SPAM) al denunciante, los cuales no cumplían con los requisitos exigidos por ley para considerarlos lícitos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28493 – Ley Antispam Peruana.
