Sentencias
Rey del Spam deberá pagar USD$711 millones a Facebook
Oct 31st
La red social acusa a un pirata informático de enviar mensajes masivos indeseados a los usuarios con el fin de obtener sus datos de acceso al portal o redirigirlos a páginas web que le pagaban por cada visita.
Sanford Wallace, conocido como el “rey del spam”, fue condenado hoy por un tribunal californiano a pagar 711 millones de dólares a Facebook en un caso de utilización ilegal con ánimo de lucro de las cuentas de usuarios de esa red social, informó la prensa local.
El juez Jeremy Fogel de la Corte Federal del distrito en San José, San Francisco, consideró que Wallace había violado la ley con “flagrante desprecio de los derechos de los clientes de Facebook cuyas cuentas se vieron comprometidas por su conducta”, explicó el magistrado.
Ordena juez a Facebook.com pagar $9.5 millones de dólares
Oct 27th
Ayer 26 de octubre de 2009, un juez de distrito de California, Estados Unidos, ordenó a Facebook pagar $9.5 millones de dólares para crear una fundación que se encargará de patrocinar proyectos que promuevan la privacidad y seguridad en línea.
Esta condena deriva de una demanda colectiva (class action) iniciada por ciudadanos texanos en Agosto de 2008. El problema fue un programa de Facebook llamado “beacon”, que permitía a los usuarios de esta red social compartir sus hábitos de consumo. El escándalo se desató cuando los usuarios de Facebook eran automáticamente incluidos en el programa, en lugar de usar el método voluntario “opt-in”.
Primera sanción por enviar SPAM en el Perú
Sep 11th
La Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI declaró consentida la primera resolución que sanciona a una empresa por haber enviado publicidad comercial no solicitada (SPAM) a un usuario peruano, sentándose el primer precedente administrativo sobre la materia en nuestro país.
El presente caso tienen como origen la denuncia presentada por un usuario peruano en el año 2007, en contra de Escuela de Empresa SAC, empresa que había enviado durante varios meses correos electrónicos no solicitados (SPAM) al denunciante, los cuales no cumplían con los requisitos exigidos por ley para considerarlos lícitos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28493 – Ley Antispam Peruana.
